Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 06 de julio de 2010, por la abogada MENFIS DEL CARMEN ALVAREZ NUÑEZ, defensora de confianza de la ciudadana GLENIS YUSMELY GARCÍA GARCÍA, y en consecuencia REVOCA la decisión dictada el 28 de junio del corriente, por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida privativa de libertad a la citada ciudadana, y en su lugar decreta las medidas cautelares sustitutivas contenidas en los numerales 3 y 8 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en la presentación cada 8 días ante el citado Juzgado de Control y la constitución de fianza personal, por lo que deberá presentar cuatro (04) fiadores que de.....