Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de septiembre de 2008, por el abogado Risek Rodríguez, actuando en representación de la ciudadana HELENA DOLORES LOMBAO MORA, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación. 3.- CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.