ASUNTO: PP01-V-2015-000180
DEMANDANTE: EVA MARÍA TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-25.302.036.
DEMANDADO: JUAN GUILLERMO CELIS GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.259.093.
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN
SENTENCIA: HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO (AUDIENCIA PRELIMINAR DE LA FASE DE MEDIACIÓN).
En el día de hoy, Lunes 27 de Julio de 2015, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, y llegada la hora de la misma, procede el Alguacil adscrito a este Circuito, ciudadano RODOLFO REINA, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, y visto la incomparecencia .....