Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda de contenido patrimonial interpuesta por la abogada YOLIMAR DOMÍNGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 154.957, actuando en nombre y representación de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Educación, contra la Sociedad Mercantil LO MEJOR, LO NUESTRO, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 06 de octubre de 2009, bajo el Nº 1, Tomo 20-A-RM-445, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF), bajo el Nº J-29826544-2, y solidariamente contra la Sociedad Mercantil ESTAR SEGUROS, S.A., inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, .....