Decisiones del dia 27/07/2017 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-O-2017-000031  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0632017000066  
						  
						  Fecha: 27/07/2017  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO  DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL REA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA INCOMPETENCIA para conocer y decidir de la acción de amparo constitucional interpuesta por la Sociedad Mercantil BFC BANCO COMUN C.A. BANCO UNIVERSAL, en contra de los querellados INVERSIONES 8.892.087 C.A., Y JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL POLO I.- SEGUNDO: No hay condena en costas  por no ser temeraria la presente acción de amparo, conforme  a lo establecido ene la artículo 33 ejusdem.- TERCERO: Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos (03 días de despacho, artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales) en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.-  Y ASÍ SE DECIDE.-
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Ronald Orangel Flores Ramírez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo   
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AN3B-V-2017-000003  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 27/07/2017  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: III
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y obrando en virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de DESALOJO por falta de pago, interpuesta la sociedad mercantil de este domicilio denominada MERCADO BLANDÍN, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 22 de agosto de 2014, bajo el Nº 68, Tomo 45-A-SDO, en contra de la sociedad mercantil de este domicilio y denominada RON CASTRO DE VENEZUELA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 27 de agosto de 2007, bajo el Nº 10, Tomo 91-A-Cto; en consecuencia se condena a esta última a la entrega material del bien inmueble constituido por una casa q.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Jacqueline Vega Alvarez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								-AH1C-M-1995-000016  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 27/07/2017  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, incoara PIRELLI DE VENEZUELA, contra MULTISERVICIOS TRASANDIA C.A., declara: PRIMERO: Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble objeto de la presente demanda, siendo la misma participada al Registro Subalterno del Distrito Sucre del  Estado Aragua, mediante oficio Nº 2150/113 de fecha 12 de abril de 1996, que recayó sobre:
"Un inmueble ubicado en la Avenida 2E Nº 25, Zona Industrial Santa Cruz de Aragua, constituido por una parcela distinguida con la letra E-35, con una superficie aproximada de trece mil metros cuadrados (13.400 mts 2), ubicada en el sector E de la Zona Industrial Santa Cruz, Segunda Etapa, cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte: en ciento veinte metros (120 mts) con la parcela E-36 de la Urbanización; Sur: en ciento veintiún metros (121 mts) con la parcela E-3.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Wilson Gerardo Mendoza Pedraza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Duodecimo Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP11-V-2017-000933  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 27/07/2017  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: éste JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la  Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242, 243 y 244, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente demanda en razón de la materia. SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgado Superiores en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que el Superior Jerárquico que resulte sorteado, conozca del CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA planteado por este Juzgado.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Wilson Gerardo Mendoza Pedraza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Duodecimo Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2015-001005  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 27/07/2017  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por lo precedentemente expuesto, se ordena a la parte actora ciudadano FRANCISCO ARRECHEDERA, inscrito en el inpreabogado bajo el número 275.242, que corrija  el libelo de la demanda, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación ordenada, que a tal fin se le practique, caso contrario, se declarará la inadmisibilidad de la demandada, a tenor de lo previsto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase Boleta de Notificación 
5.- Que en fecha 03 de julio de 2017, comparece el demandante ciudadano FRANCISCO ARRECHEDERA, inscrito en el inpreabogado bajo el número 275.242, a los fines de solicitar diligencias para la notificación del demandado, a tenor de lo previsto en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.  
De acuerdo a lo precedentemente expuesto, y en virtud de que la parte demandante FRANCISCO ARRECHEDERA, titular de la cedula de identidad 3.142.116, debió subsanar el libelo de demanda, dentro de.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Francisco José Rio Barrios 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2008-005819  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 27/07/2017  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: .- En otro orden de ideas, no entiende este juzgador el argumento esgrimido por el apoderado judicial de la demandada, de que por el presunto extravío del cheque o su cobro, se le impide a la demandada que preupuestariamente pueda cumplir con la ejecución de la sentencia, ya que el hecho de que se hubiera embargado la cantidad  de  DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs 279.079,78), no debería ser un obstáculo para que la demandada  INSTITUTO DE VIVIENDA Y HABITAT DEL ESTADO MIRANDA (INVIHAMI), de cumplimiento a la sentencia definitiva emanada del Juzgado Octavo Superior del Trabajo de este Circuito Judicial en fecha 25 de febrero de 2010. Así se declara. 
3.-  En relación a que por haber embargado una cuenta nomina de un organismo público, se haya incurrido en un error inexcusable, este Juzgador considera que no está probado en autos que el embargo fue efectuado sobre una cuenta nomina, y adicionalmente, en las oportunidades procesa.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Francisco José Rio Barrios 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución