Se declara la INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA CUANTÍA de este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, motivo por el cual se DECLINA la competencia en los Tribunales Ordinarios y Ejecutores de Medidas de Municipio de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, remítase el presente expediente al Tribunal Distribuidor Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.