En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la sentencia interlocutoria Nº 09/2018 de fecha 12/06/2018, recaída en el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la contribuyente "C.A. CONDUVEN", y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha veintisiete (27) de julio de dos mil veintitrés (2023).
La Juez.
Marilenne Sofía Do Paco Serrano
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