PARTE DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos expuestos, este Juez Primero (1º) de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley CONDENA al ciudadano: OMAR ANTONIO ARTEAGA, CI 7.585.085, venezolano, nacido en San Felipe, Estado Falcón, el 05-09-62, de cuarenta y dos años de edad, (42), hijo de Emilio Houston y Ramona Arteaga, soltero, de profesión chofer, escolta, residenciado en el Caserío El cercado, calle San Antonio, casa No. 49, a media cuadra de la parada de la Ruta Doce., a cumplir la pena de UN AÑO SEIS MESES, mas las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión PORTE ILICITO DE ARMAS previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, en relación con el artículo 74 ordinal 4 del Código Penal y en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, así como a las penas Accesorias descritas en articu.....