Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por  prestaciones  sociales  y  otros  conceptos,  interpuso  la  ciudadana  GEORBEHT WILMARY USECHE BECERRA, contra la empresa PRESCOLAR A. C. P., BERNARDITA DE LOURDES C. A.,  ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS OCHO BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (BS: 2.250.208,24), por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del T.....