Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación de la parte actora en contra de la sentencia 24-05-05, emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia Transitorio del Trabajo de este Circuito Judicial; SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALRIOS CAÍDOS interpuesta por el ciudadano JUAN JOSÉ RODRIGUEZ en contra de la empresa INDUSTRIAS METALÚRGICAS EXCEL C.A., ambas partes identificadas en autos. TERCERO: Se Confirma el fallo recurrido; CUARTO: No se condena en costas a la parte actora por devengar menos de 03 salarios mínimos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, el día veintisiete (27) de septiembre de dos mil siete .....