Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal admitió en cuanto ha lugar en derecho se refiere por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, la prueba documental promovida por la abogada Noemí Fischbach, en fecha 21 de septiembre de 2010, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Corporación Televen, C.A., en virtud de la incidencia probatoria ordenada por este Tribunal en fecha 13 de agosto de 2010. 04