PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho ¬interpuesto en fecha 06 de agosto de 2012, por la abogada CARMEN BEST DÁVILA, en su condición de endosataria en procuración de la ciudadana ZENAIDA DEL SOCORRO RAMÍREZ SALCEDO, contra la providencia de fecha 30 de julio de 2012 (folio 44), mediante la cual el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en El Vigía, negó por extemporánea, la admisión de la apelación intentada por la hoy recurrente, contra el auto de fecha 12 de julio de 2012, en el juicio que por cobro de bolívares por intimación es seguido contra la ciudadana MARÍA CANTALICIA GONZÁLEZ BASTIDAS.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, y con base en las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia, se CONFIRMA la mencionada providencia de fecha 30 de julio de 2012, que negó la admisión de la apelación intentada por la hoy recurrente de hecho, contra el auto de fech.....