Se consignó y publicó resolución declarando: 1.NO HA LUGAR la solicitud de la Procuraduría General de la República de declarar la inadmisibilidad de la presente pretensión.- 2.CON LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta por la entidad de trabajo denominada "INVISAT SERVICIOS TÉCNICOS C.A." c/ el ACTO ADMINISTRATIVO N° 0241/2011 (EXPEDIENTE N° 079/2011/01/01504) DE FECHA 24/10/2011, DICTADO POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DÍAZ", SEDE CARACAS SUR, DEL MUNICIPIO LIBERTADOR EN EL DISTRITO CAPITAL, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.- En consecuencia, se declara la nulidad absoluta de la providencia administrativa identificada en atención al numeral 4º del art. 19 LOPA.-3. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente acción.-