Se declaró HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN, formulado por la ciudadana LOURDES ISABEL CARVAJAL DE NAVARRO, parte actora en el presente juicio. En consecuencia, se declara extinguida la instancia de conformidad con lo establecido en el Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, pasando en autoridad de cosa juzgada. SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 10 de agosto de 2009, en la cual se declaró SIN LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE LA PRÓRROGA LEGAL, incoó la ciudadana LOURDES ISABEL CARVAJAL DE NAVARRO en contra de la ciudadana GLADYS DEL CARMEN TORO LARES. SE CONDENA a la parte actora, LOURDES ISABEL CARVAJAL DE NAVARRO, al pago de las costas, por haber desistido del recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil....