Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley anula todas las actuaciones procesales que se produjeron con posterioridad a la formación del recurso contencioso tributario realizada el 12 de mayo de 2015, así como las notificaciones libradas en esa misma fecha, dado el desorden procesal ocurrido en la presente causa.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de 2016. Año 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
El Juez Suplente,
Néstor Luis Correa Vielma
La Secretaria Accidental,
Ana Alexandra González Launsett
La anterior decisión se publicó en la señalada fecha, a las una y .....