DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Protección de Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO CON CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA EL ACUERDO TOTAL a que llegaron las partes, de acuerdo a lo previsto en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 450 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 4 y 5 de la Ley Sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar de Niños, Niñas y Adolescente, por consiguiente FINALIZADA LA AUDIENCIA DE JUICIO Y TERMINADO EL PROCESO. ASÍ SE DECIDE.
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