Este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la APELACIÓN ejercida por los abogados PEDRO GILBERTO BLANCO LARES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 188.322, actuando en su carácter de apoderado judicial del tercero opositor, y GREGORY JOHAN BOLÍVAR RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.602.364, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.512, actuando en su carácter acreditado en autos parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de esta Circunscripción Judicial en fecha treinta y uno (31) de Mayo de 2023.