DECISIÓN
Por los argumentos antes expuestos, este tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara sin lugar la solicitud de la defensa de cambiar la medida cautelar de privación de libertad dictada en contra de su defendido (Identidad Omitida), por una medida menos gravosa Notifíquese de lo decidido a la Defensa.
El Juez de Juicio
Abog Gerardo Pastor Arias La Secretaria