este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la cuestión Previa Del ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil en la pretensión de PARTICIÓN de la COMUNIDAD CONYUGAL, intentada por la ciudadana ROSA ALEJANDRA ONTIVEROS PAOLINI en contra del ciudadano FLORENCIO ANTONIO PEREZ OJEDA, ambos previamente identificados.