Vista la querella funcionarial interpuesta por los abogados Carlos Rafael Pérez y Alberto Fernando, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 29.671 y 149.100, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de MARIANGELA AFONSO BRITO, titular de la cédula de identidad número V-11.558.639, contra el INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC), este Tribunal se declara competente para conocer la presente querella de conformidad con lo previsto en el artículo 25, numeral 6 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; y por cuanto no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 35 de la mencionada Ley, sin perjuicio de revisar nuevamente dichas causales en la sentencia definitiva, en atención a lo establecido en el artículo 101 Ley del Estatuto de la Función Pública, se ADMITE el referido recurso cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....