Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley, declara:
PRIMERO: AUTORIZA al ciudadano JOSE GREGORIO CARLO ASFALDO ASFALDO, antes identificado, en su condición de TUTOR PROVISIONAL de la ciudadana GILDA ASFALDO ASFALDO; a que realice la operación de venta sobre un apartamento distinguido con el número y letra SEIS-A (6-A), situado en la planta tipo seis (6) del Edificio Residencia Isnotu, el cual está construido sobre la parcela de terreno distinguida con el N° 07 de la Manzana 541-22 de la Avenida Principal de la tipo seis (6) del Edificio Residencias Isnotu, el cual está construido sobre la parcela de Urbanización Palo Verde, Tercera Etapa, ubicado hacia el lugar denominado Filas de Mariche, antigua carretera Petare-Santa Lucia,.....