Por los fundamentos expuestos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio, seguido por los ciudadanos, LESBIA MARGARITA JELIC SANDOVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.- 7.613.176, y VINICIO HELY VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.- 11.948.774, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial, que contrajeron ante la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día Ocho (08) de Agosto de 1992 tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 152.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Registro Principal del Estado Zulia y a la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Bolívar del Munici.....