por lo que este Tribunal de Control N° 1 ACUERDA EL CAMBIO DE MEDIDA solicitado por la Defensora Pública de Adolescentes Abog. Zonia Almarza, en favor del Adolescente (Identidad Omitida), quien en los actuales momentos esta recluido en el Centro de Diagnóstico y Tratamiento "Dr. Pablo Herrera Campins" vía Rió Claro, El Manzano, privado de su libertad, revocándose dicha medida por otra menos gravosa a los fines de que pueda cumplir con su proceso educativo, imponiéndole la medida cautelar prevista en el artículo 582 literal "A", es decir detención en su propio domicilio el cual esta ubicado en la siguiente dirección: (Datos Omitidos), con la vigilancia del Destacamento Policial o Comisaría más cercano a su domicilio, a los fines de que informe al Tribunal a la brevedad posible sobre el cumplimiento de dicha medida por el adolescente. Quedando así mismo entendido que tendrá la autorización del Tribunal para salir de su domicilio solamente a cumplir con los actos procesales que le fije es.....