III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE EN RAZÓN DE LA CUANTÍA para conocer de la demanda que por cobro de bolívares (vía intimación) interpuso en fecha 20 de septiembre de 2007, la institución financiera BOLÍVAR BANCO, C.A. contra los ciudadanos KELLY ADOLFO PÁEZ CARRASCO y RODOLFO GREGORIO CARRASCO BRUGUERA, al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Remítase el presente expediente en la oportunidad que corresponda al referido tribunal y envíese copia certificada de la presente decisión al Juzgado Undécimo de Municipio de esta Circunscripción Judicial.
Expídase.....