Encontrando este Tribunal llenos los extremos contemplados en la norma UT supra transcrita, este Tribunal HOMOLOGA el mismo en los términos en el contenido, teniéndose en consecuencia esta como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASI SE DECIDE.
En cuanto al pedimento efectuado por el oferente, relativo a la entrega de la cantidad ofrecida la cual asciende a UN MILLON SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.600.000,00); este Tribunal a los fines de proveer ordena hacerle entrega a JUAN JOSE KASSABJI BETTAR, la cantidad de dinero consignada en fecha 31 de Enero de 2.007 y depositada mediante planilla 1515916 de fecha 02 de Febrero de 2.007, mediante cheque de la Cuenta Corriente llevada por este tribunal en el Banco Banfoandes, bajo el Nº 00070044430000017945.