DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer de la querella funcionarial que por ajuste de pensión de jubilación interpusiera la abogada Teresa Herrera Rísquez, inscrita en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 1.668, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELISABETH VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.966.088, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS.
2.- CON LUGAR la querella interpuesta y, en consecuencia:
2.1.- SE ORDENA al órgano querellado, efectuar un nuevo cálculo a los fines de ajustar el monto de jubilación de la querellante, en el cual, además de los conceptos que inicialmente le fueron tomados en cuenta para la conformación del sueldo.....