Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la pretensión intentada por la ciudadana CARMEN ALECIA MARTUS SIRA, representada por sus apoderados judiciales: Abg. MIRIAM ROJAS ALVARADO y LIGIA GALLARDO ARRIECHE, contra la ciudadana BELKIS FRANCO DE COLOMBO, representada por su apoderado judicial Abg. RUMUALDO RAFAEL VARGAS PACHECO, todos identificados en autos. -----------------------
Se condena a la parte ACTORA al pago de costos y costas por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo previsto en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-----------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.----------------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL .....