Declarada HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita entre la Alcaldía del Municipio Sotillo del Edo. Anzoátegui y la Contribuyente demandada C.A HOTEL TURÍSTICO PUERTO LA CRUZ en el presente juicio por Vía Ejecutiva de cobro de bolívares; consecuencialmente se da por TERMINADO el presente asunto, en virtud de que cesó el interés legítimo que existía para las partes intervinientes en el proceso para sostener una controversia, otorgándose recíprocamente el respectivo finiquito, todo ello conforme con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil y 311 del Código Orgánico Tributario.