A los fines de la práctica de la intimación acordada anteriormente por este Tribunal, se comisiona amplia y suficientemente a un Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Líbrese despacho, oficio, boleta de intimación y anéxese a la misma copias certificadas del libelo de demanda y del presente auto de admisión de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y líbrese cartel de intimación.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
Abg. CAROLYN BETHENCOURT.
Asistente que realizo la actuación: ana