DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado Enderson Yépez, quien manifiesta actuar en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Alberto Molleja, dicha acción de amparo fue presentada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por la omisión de pronunciamiento por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 8, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en cuanto a las excepciones opuestas en la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 19 de Noviembre del en el asunto principal signado con el Nº KP01.....