Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por DESALOJO interpuesta por la sociedad ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO "TIUNA", contra la Sociedad Mercantil LABORATORIO DENTAL LEWIS TOUSSAINT LT C.A, en la persona de su Presidente y/o Vicepresidente, los ciudadanos LEWIS ESTIVEN TOUSSAINT y CARMEN INES BELLO DE TOUSSAINT, ambas partes plenamente identificadas ab-inito, en consecuencia se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Se ordena la entrega, real material y efectiva a la parte actora del inmueble que se identifica a continuación "Oficina distinguida con el número 803, situado en el edificio General Páez, Marrón a Pelota, la Catedral", libre de bienes y personas.
SEGUNDO: A pagar a la parte actora la .....