Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, planteada por la ciudadana LUZ GERALDINE GARCÍA CASTEL, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.067.460, debidamente asistida por la Profesional del Derecho ciudadana MARIA RAQUEL MENESES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 237.241, en el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS DEL ACTO IMPUGNADO, contra Providencia Administrativa DGRHYAP-DAL/17 Nº 000129 de fecha 09 de mayo de 2017, dictada por el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS).