De la revisión de las actas constitutivas de esta incidencia y del sistema iuris 2000 (KN03-V-2022-000006), se evidencia en primer lugar, que ciudadano José Luis Herrera Virguez, -parte actora- otorgó poder apud-acta (ver folio N° 03) al abogado en ejercicio GILBERTO LEÓN ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.165, y en segundo lugar, en cuanto a lo aseverado por el Juez Inhibido en la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara e identificada bajo la nomenclatura N° KC02-X-2024-000014-MANUAL-000006, de fecha 25 de septiembre 2024, donde se declaró Con Lugar la inhibición planteada por enemistad manifiesta con el referido abogado de conformidad con el ordinal 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; En consecuencia, quien juzga de acuerdo con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil y con fundamento a todo lo anteriormente expuesto, ap.....