´Este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda por abstención presentada por el ciudadano Fernando Burattini Márquez, asistido por el abogado Enrique Mendoza Santos, actuando en representación de la sociedad mercantil INVERSIONES IRSINA, C.A. (IRSINA), contra el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE). 2.- ADMITE la demanda por abstención, en consecuencia, ordena:
2.1.- La CITACIÓN al Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), para que informe sobre la causa de la abstención denunciada por la parte actora, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la fecha en que conste en autos su citación.
2.2.- Se ORDENA notificar al ciudadano Procurador General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
2.3.- Se ORDENA n.....