este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 01 de diciembre de 2003 por los abogados HAYDEE DAZA ARTIGAS, DEUDELYS BENITEZ RODRÍGUEZ y GRACIANO BANFI GIL, inscritos en el I.P.S.A. bajo los N° 15.954, 90.455 y 90.409, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadana ANA TERESA VAAMONDE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.129.109 y de este domicilio. Asimismo, declara CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 02 de diciembre de 2003 por el abogado AARON RAFAEL SOTO GARCÍA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 23.422, en su condición de apoderado judicial de la parte accionada, VENEZUELA INDUSTRIAL AUTOMOTRIZ, S.A., empresa debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Es.....