Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ciudadano LUIS ALFONSO ORTIZ GOMEZ; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 18 de noviembre de 2013, por el Juzgado Tercero de los Municipios, Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, que NIEGA la admisión de las pruebas de inspección judicial y de testigos promovidas por la parte demandada.
Se condena en costas procesales a la parte demandada por cuanto la decisión recurrida resultó confirmada, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en.....