Se consignó y publicó resolución declarando: 1°) DESISTIDO EL "PROCESO" y no la acción incoada por la ciudadana ZENAIDA J. GONZÁLEZ C. contra las siguientes personas jurídico territoriales: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Salud y DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, ambas partes identificadas en los autos, conforme al último párrafo del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.