En el día de hoy 28/01/2014, este TRIBUNAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, establecida por convenio celebrado ante la mencionada Fiscalía, en fecha 22/06/2000, debidamente homologada por la extinta Sala de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial, en fecha 14/07/2000, incoada por la Abogada LEFFY RUIZ MEDINA, Fiscal Centésima Segunda (102°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en beneficio de la adolescente (Se omiten datos por disposición de la Ley) ,a instancia de la ciudadana FRANCI MARIELIS MENDEZ ANGULO, titular de la cédula de identidad N° V-14.407.782, contra el ciudadano JORGE MONTOYA, C. I. V-11.161.465.-