En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la inhibición planteada por la Juez Cuadragésima Tercera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Abogado, SADY CARDONA MORENO, ya identificada, para conocer del juicio seguido por: FRANKLYN FEIJOO MORANTE GUEVARA, ya identificado; contra la entidad de trabajo, CASAPIEL MUEBLES, C.A., por reclamación de prestaciones sociales y demás créditos derivados de la prestación de servicios, que se tramita bajo el ASUNTO: AP21-L-2014-002298. Notifíquese de esta decisión al Juez inhibido. Cúmplase.