Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: IMPROPONIBLE el Recurso de Apelación ejercido por la abogada MARITZA CAMPOS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el número 142.374, en su carácter de parte accionante actuando en su propio nombre y representación, contra la decisión de fecha 23 de octubre de 2024, emanada de este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, por cuanto en el presente asunto no procede recurso alguno, en virtud de que en el caso concreto se agotó la doble instancia con el pronunciamiento emitido por este Juzgado Superior. Asi se decide.-