Se DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal y se ordena librar la respectiva ORDEN DE ALLANAMIENTO, para ser practicada en el interior en el interior del Buque Tipo Gabarra denominado ¿GP-28¿, propiedad de la empresa PDVSA, ubicada en: las coordenadas geográficas N:1.086.770 E:256.250, pertenecientes al Lago de Maracaibo, en la cual se presume el almacenamiento inadecuado de Sustancias Químicas, y a tal efecto SE AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a Funcionarios adscritos al Destacamento de Vigilancia Costera Nro. 903 de la Guardia Nacional, a ingresar en la Instalaciones de dicho Buque, con el objeto de realizar el allanamiento del mismo, según solicitud de esta misma fecha efectuada por la FISCALÍA VIGÈSIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO, con Sede en Maracaibo, Estado Zulia.