Ahora bien el mencionado penado fue detenido por primera vez en fecha 27-05-1995 y en fecha 28-07-98 el Juzgado Cuarto de Primera Instancia, le otorgo la Libertad Provisional bajo fianza, permaneciendo detenido TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES Y UN (01) DIA. Luego en fecha 10-06-99 el Juzgado Superior Séptimo en lo penal dicto Sentencia Condenatoria y en fecha 11-04-04 este Juzgado Séptimo en lo Penal libro Orden de Captura. Posteriormente incurre en un nuevo delito y es detenido en fecha 12-08-2006, por lo que hasta el día de hoy 28-02-2008, fecha en la cual se elabora el presente cómputo, lleva detenido UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS, que sumados al tiempo anterior lleva un total de pena cumplida de CUATRO (04) AÑOS, OCHO (08) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS, faltándole por cumplir CUATRO (04) AÑOS, ONCE (11) MESES Y TRECE (13) DÍAS. Ahora bien, para establecer una fecha a los fines de determinar la Pena Principal, así como las fechas en las cuales el penado cumplirá .....