este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano RAINEL LEONARDO GARCÍA CHIRINOS contra la empresa PEPSICOLA VENEZUELA. En consecuencia, se admite: Primero: Que el ciudadano RAINEL LEONARDO GARCÍA CHIRINOS, ingresó a trabajar en fecha 24 de marzo de 2008, a la empresa PEPSICOLA VENEZUELA. Segundo: Que desempeñaba el cargo de Analista Contable. Tercero: Que devengaba un salario Mensual de CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 4.200,00). Cuarto: Que laboraba en un horario de trabajo de 12:00 m. a 8:00 p.m.. Quinto: Que en fecha 19 de enero de 2.011, fue despedido por el ciudadano RAÚL RODRÍGUEZ, en su carácter de Analista Gestión Gente, sin haber incurrido en falta alguna de las establecidas en el artículo 102 de la Ley Orgáni.....