DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha dieciocho (18) de octubre del dos mil diez (2010), por el abogado HÉCTOR BLANCO-FOMBONA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha once (11) de octubre de ese mismo año, dictado por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la admisión de la prueba de informes promovida por la parte demandante, en el juicio que por DESALOJO sigue el ciudadano ROGER BLANCO-FOMBONA OEHLERKING, contra el ciudadano JORGE EDUARDO SUAREZ OSORIO.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado, únicamente en lo que se refiere a la prueba de informes, y se.....