Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del Código Penal, en relación con el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta: La Extinción de la Pena impuesta al Penado Jairo Rafael González Ugas, venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.291.186, de estado civil soltero, nacido en fecha 04-11-1976, de 35 años de edad, de profesión u oficio obrero, y domiciliado en la Urbanización Las Pionias, Casa S/N, después de la Alcabala, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, quien fuera Condenado a cumplir la pena de Veinte (20) años, Diez (10) meses, Once (11) días, Diecinueve (19) horas y Veinte (20) minutos de presidio, por la comisión de lo.....