Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoado por el ciudadano GREGORIS ENRÍQUE RICO MARCHÁN, titular de la Cédula de Identidad V-17.625.897, contra la entidad de trabajo TUBERÍAS RÍGIDAS DE PVC, C.A., en la persona del ciudadano RAÚL ÁLVAREZ ROSAS, titular de la Cédula de Identidad V-5.921.066, con el carácter de Representante de la referido sociedad mercantil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo por la Secretaría de este Tribunal, con base a lo estipulado en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 248 del Código de Proc.....