declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la prescripción de la acción al cobro de honorarios profesionales interpuesta por la defensora judicial Inés Jacqueline Martin Martel, debidamente identificada en el encabezado de esta decisión.
SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión intentada por los abogados JESUS ARTURO BRACHO y MOISES AMADO.
TERCERO: PROCEDENTE el derecho al cobro de honorarios judiciales pretendidos por los abogados Jesús Arturo Bracho y Moisés Amado de percibir y exigir a la Sucesión del ciudadano Francesco Quintino Cardone Fuccilo, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo, el pago de honorarios profesionales de abogados por actuaciones judiciales, realizadas en la solicitud de desalojo, sustanciada en el expediente Nº AP-31-V-2013-00088, que cursa ante el Tribunal Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual fue señalado de manera precisa en el presenta fallo ut supra, cuyo val.....