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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por desafecto fundamentada en la sentencia N° 1070 de fecha de 09 de diciembre del año 2016, formulada por el ciudadano, ENDERSON JOSÉ TORTOLERO AULAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.297.749, de este domicilio, a través de apoderadas, abogadas ELSA RIVERO y VANESSA TEJEDA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 285.647 y 264.021; de la unión conyugal que mantiene con la ciudadana YARALI ISABEL PERAZA RUÍZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.453.187.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL V.....