En virtud de lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley, declina el conocimiento de la presente solicitud y ordena remitir los autos al Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, una vez que transcurra el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
Dada firmada y sellada en la Sala de despacho de este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, a los 28 días del mes de marzo de 2008, siendo las tres de la tarde. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez Temporal
Abogada Marisol Hidalgo Garc.....