DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR la apelación formulada por el Abogado LUÍS IGNACIO CHIRINOS CAMPOS, parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, con sede en Carora. En consecuencia, declara que el COMPETENTE para conocer la apelación es un JUZGADO SUPERIOR CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Queda así REGULADA LA COMPETENCIA.
Regístrese, Publíquese y Bájese.
Expídanse copia certificada de la presente decisión, conforme lo dispone el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.